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Preguntas frecuentes

el Ayuntamiento de Barcelona, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, en adelante LCSP, y en cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, establece la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en el citado texto legal, así como con lo dispuesto en la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; y la ordenanza municipal de administración electrónica aprobada por el plenario del Consejo Municipal en sesión del día 21 de diciembre de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia en 1 de febrero de 2019, a estos efectos, se procederá a tramitar los expedientes para medios electrónicos, informáticos y telemáticos en todos los trámites propios de los expedientes de contratación, hasta su formalización, incluyendo la presentación de ofertas, su valoración, las comunicaciones, requerimientos y notificaciones.

Es por ello que, cuando así esté previsto en el pliego administrativo, todas las empresas podrán presentar sus ofertas y solicitudes de participación a través de la Plataforma de contratación pública electrónica que el Ayuntamiento pone a su disposición.

En esta Plataforma de Licitación Electrónica las empresas interesadas tienen a su plena disposición toda la documentación relativa a la tramitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el órgano de contratación pública del Ayuntamiento, donde responder peticiones de aclaración, presentar las ofertas y recibir las notificaciones, así como el ejercicio de cualquier otro derecho que la normativa de contratación le confiera.

La plataforma de contratación pública cumple íntegramente con todos los requisitos legales y técnicos exigidos por la LCSP y demás normativa de aplicación, garantizando en todo momento:

  1. Las herramientas y dispositivos utilizados no son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
  2. Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes interesadas, siendo de uso general y amplia implantación.
  3. Los sistemas de comunicaciones para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores la confidencialidad y la integridad de los datos transmitidos a los órganos competentes en la fecha señalada a tal efecto, de tal forma que en el caso de rotura de la confidencialidad de los datos, la violación puede detectarse con claridad.
  4. Las aplicaciones permiten acreditar la fecha y hora de su emisión y recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.
  5. Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan en la fase de tramitación y adjudicación del contrato son reconocidos como auténticos mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, garantizando técnicamente que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
  6. El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos y demás documentos del procedimiento de contratación, así como la presentación de ofertas.

A continuación se enumeran un conjunto de preguntas frecuentes en los procesos que se tramitan en la plataforma electrónica.

Esta sección contiene preguntas frecuentes sobre el procedimiento de contratación pública. Si se le plantean preguntas de otro tipo, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

¿Qué es la Plataforma Electrónica contratación?

La Plataforma Electrónica contratación es el sistema que permite la presentación por medios electrónicos de ofertas y otros documentos para participar en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos, a través de Internet, con todas las garantías legales de seguridad, confidencialidad de datos y secreto de ofertas.

El Ayuntamiento mediante esta plataforma agiliza la gestión interna y facilita los trámites administrativos a la vez que garantiza la transparencia mediante la trazabilidad y seguridad de todo el proceso de adjudicación.

Los licitadores pueden presentar los documentos y obtener información sobre el desarrollo del procedimiento y recibir notificaciones por medios electrónicos, evitando de este modo los desplazamientos.

¿Qué necesito para poder presentar una oferta electrónica?

Utilizar un certificado de firma electrónica admitido por el Ayuntamiento, que podrá ser certificado de persona jurídica o de persona física si se trata de un empresario individual o del representante o apoderado de la empresa.

Acceder al Sistema del Ayuntamiento, desde la Plataforma de Licitación Electrónica- Perfil de contratante- y seguir las instrucciones para la presentación electrónica de ofertas.

¿Qué tipos de certificados de firma se pueden utilizar?

Se pueden utilizar todos los certificados digitales admitidos por el Ayuntamiento. En este enlace puede verificar los requisitos técnicos necesarios, incluidos los certificados digitales admitidos.

¿Tengo que pedir permiso para poder realizar los envíos electrónicos?

No hay permiso especial; basta que en el Pliego de Cláusulas Administrativas del contrato objeto de tramitación, se declare expresamente que se admite la presentación electrónica de ofertas, se descargue la aplicación de presentación de ofertas y se identifique correctamente en el sistema con su certificado digital.

¿Cómo se presentan las ofertas electrónicamente?

    Junto con la convocatoria de cada una de las licitaciones encontrará una opción que le permite descargar una "Solicitud" de oferta que contiene toda la información necesaria para preparar la oferta. Para abrir la solicitud debe haber descargado la Aplicación de Presentación de Ofertas, que le permite preparar la oferta sin estar conectado a la plataforma.
  • Presentación de ofertas (formulario web)

    Junto con la convocatoria de cada una de las licitaciones encontrara una opcion que le permite acceder al formulario de una "Solicitud" de oferta que contiene toda la información necesaria para preparar y enviar la oferta.

    No es necesario elaborar la oferta en un unico acto. La plataforma permite la elaboración parcial de las ofertas almacenando su contenido cifrado mediante contraseña hasta su envio definitivo.

¿Quién firma las ofertas?

La aplicación de presentación de ofertas funciona de manera que se firma la oferta en su totalidad junto con la documentación aportada, esta firma es la correspondiente a la persona que presenta la oferta, que debe contar con poder suficiente que la autoriza para actuar y operar en la Plataforma de Licitación Electrónica. De manera separada cada documento aportado dentro de la oferta se puede firmar individualmente por otra persona o varias con cualquier herramienta de firma de archivos, preferiblemente de PDF.

La persona que hace la presentación debe tener poderes para presentar ofertas. En caso de no tenerlos, el Portal de Tramitación admitirá la presentación de la oferta, pero será la propia Mesa de contratación la que posteriormente y una vez acreditada la representación legal podrá decidir si admite o no la oferta presentada.

¿Puede una empresa registrarse y presentar una oferta con el DNI electrónico o un certificado físico de uno de los trabajadores si éste es uno de los apoderados?

Sí, es posible.

Cuando se haya descargado la aplicación de ofertas y la solicitud del expediente al que va a presentar oferta, en la inscripción inicial deberá rellenar los datos de la empresa en cuestión y los datos de los representantes, tanto apoderados como interesados, indicando para cada uno de ellos los códigos de documento (NIF) a los que se les otorgará la autorización.

¿Qué pasa cuando en una empresa no es válida la firma de un único apoderado para realizar la presentación de ofertas, sino que tienen firma mancomunada y se requiere la firma de dos o más apoderados?

La aplicación de presentación de ofertas, con la que se realiza el registro y la presentación de la oferta permite incluir más de un apoderado, utilizando cada uno de ellos su propio certificado.

Obviamente, estas personas deben tener poderes para presentar ofertas.

¿Puedo aportar copias digitalizadas de los documentos?

La documentación requerida deberá estar firmada digitalmente mediante el Apoderado/s de la empresa, preferiblemente en formato PDF.

Cuando se trate de documentación en papel que tenga que ser digitalizada, se puede aportar garantizando el representante con su firma electrónica su fidelidad con el original. La Administración podrá solicitar el cotejo del contenido de la copias y con carácter excepcional requerir al particular la exhibición del documento o de la información original.

Para más información, Real Decreto 1671/2009, de 06 de noviembre, en el capítulo III, "Normas específicas relativas a los documentos electrónicos aportados por los ciudadanos" en su Artículo 48 - Imágenes electrónicas aportadas por los ciudadanos- dice lo siguiente:

  1. De conformidad con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, los interesados podrán aportar al expediente, en cualquier fase del procedimiento, copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original la garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración pública puede solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos. Dichas imágenes electrónicas carecerán del carácter de copia auténtica.
  2. Las imágenes electrónicas presentadas por los ciudadanos deben ajustarse a los formatos y estándares aprobados para estos procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de incumplimiento de este requisito, se requerirá al interesado para subsanar el defecto advertido, en los términos que establece el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

  3. Advertencia: Este artículo 48 se mantendrá en vigor hasta el día 2 de octubre de 2020, momento en el que producirán los efectos de las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico de puntos de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, tal y como prevé la disposición derogatoria única.2.g) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la disposición final séptima, en la redacción dada por el art. 6 del Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto.

¿Se pueden descargar directamente los pliegos de condiciones de todas las convocatorias publicadas?

En este sitio se publican los documentos de convocatorias concretas (secciones Pliego de condiciones, Criterios de adjudicación y Documentos requeridos). Sin embargo, la posibilidad de acceder a los pliegos de condiciones depende del procedimiento aplicable a cada convocatoria.

¿Cómo puedo saber si se ha publicado alguna corrección de errores para una convocatoria concreta?

Las correcciones de errores de los anuncios o Pliegos se publican también en el Perfil de contratante. En caso de haber una corrección de errores, la convocatoria (sección Ver detalles) presentará un enlace directo a la corrección de errores.

Si ha sido seleccionado para participar en un procedimiento restringido o negociado o un diálogo competitivo, la suscripción a las actualizaciones y recordatorios activará de forma automática, una vez concedido el acceso al pliego de condiciones.

¿Cómo preparar la solicitud de participación en una convocatoria?

Si desea participar en una convocatoria de acuerdo con un procedimiento restringido o negociado, un diálogo competitivo o una convocatoria de manifestación de interés, deberá presentar primero una solicitud de participación. Todos los documentos y los datos que se deben adjuntar a la solicitud de participación se enumeran en el anuncio publicado en el Perfil del contratante. Para ayudar a la preparación de algunos documentos facilitamos unos modelos que pueden descargarse en la sección "Formularios y plantillas".

¿Cómo elaborar la oferta?

En la sección Pliego de condiciones de cada convocatoria se establecen todos los documentos y la información que se debe adjuntar a la correspondiente oferta.

Las ofertas y las solicitudes de participación pueden presentarse durante el plazo establecido en este sitio web y en el anuncio publicado en el Perfil del contratante.

Si presenta ofertas o solicitudes de participación a través de la herramienta de presentación electrónica de ofertas, deberá realizar la subida de la información antes del plazo estipulado.

Nuestra empresa ha sido invitada para presentar oferta a un expediente negociado sin publicidad, pero al intentar acceder al Portal de Tramitación, tras seleccionar el certificado no aparece el expediente al que tenemos que presentar oferta

Si accede mediante un certificado jurídico (o de representante), en este debe constar el CIF de la empresa que ha sido invitada a licitar.

Si accede mediante un certificado físico, el NIF del certificado debe estar dado de alta como representante de la empresa invitada a la tramitación.

¿Quién tiene acceso a mis datos?

La aplicación de presentación electrónica de ofertas cifra todos los datos que se presentan a través de esta plataforma (datos presentados la inscripción en una convocatoria, así como las preguntas) para proteger su confidencialidad e integridad. Únicamente el personal autorizado del Ayuntamiento tendrá acceso a los datos introducidos. Los datos se tratarán con el único propósito al que estén destinados. Si la respuesta a una pregunta contiene información que debe ser accesible a todos los participantes en la convocatoria, se harán públicas la pregunta y la respuesta, y ambas serán accesibles a todos los participantes en la convocatoria, pero, antes, tanto la pregunta como la respuesta se redactarán en términos generales, para evitar cualquier referencia al participante que remitió la pregunta.

¿Es posible acceder a la convocatoria una vez concluida, o cuando se haya adjudicado el contrato?

Sí, pero sólo durante un periodo de tiempo determinado.

Una vez se adjudica el contrato, las licitaciones quedan cerradas, y eso se notifica a todos los participantes en la convocatoria. El anuncio de la adjudicación del contrato se publica en el Perfil del contratante

Las convocatorias de manifestación de interés quedan cerradas cuando caduca la lista establecida en base a la convocatoria, lo que se notifica a todos los participantes en la convocatoria.

¿Hay un plazo para pedir información adicional y recibir una respuesta?

Debe transmitirnos lo antes posible cualquier pregunta relacionada con una convocatoria concreta, para poder recibir rápidamente una respuesta.

El Ayuntamiento se compromete a contestar en un plazo inferior a 5 días a partir de la recepción de una solicitud, siempre que ésta se haya presentado antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas.

¿Cómo obtener ayuda si se produce una incidencia durante el proceso de contratación?

Ver información de SERVICIO TÉCNICO DE APOYO A LICITADORES PIXELWARE

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